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Accidentes De Trabajo Y Enfermedades Profesionales

Las consecuencias perjudiciales en la salud e integridad personal sufridas en razón de haber puesto el cuerpo a disposición del trabajo, deben ser cubiertas por empleador, que a tal efecto contrata a una ART, a quien le abona una prima periódicamente, para que se haga cargo de tales consecuencias.

¿Qué es un accidente de trabajo?

Es un hecho súbito y violento ocurrido en ocasión del trabajo, es decir, que ocurre mientras se están prestando tareas o débito laboral.

¿Qué es un accidente “in-itinere”?

Es el que se produce en el trayecto entre al domicilio del trabajador y el lugar de prestación de las tareas, es decir, al ir o volver del trabajo al domicilio personal del trabajador.

¿Qué es una enfermedad profesional?

Son patologías físicas o psíquicas que se producen a lo largo de la relación laboral y por causa de la misma.
La diferencia con los accidentes es que mientras que los accidentes ocurren de repente, las enfermedades requieren tiempo y exposición.
Por ejemplo, una caída que causa un esguince de tobillo, es un accidente.
Una hernia de disco que se produce a raíz de la repetición de movimientos que van dañando la columna, es una enfermedad profesional.
Las enfermedades requieren la exposición a factores de riesgo capaces de causar la enfermedad de que se trate, por un periodo de tiempo.

¿Cómo actuar ante un accidente laboral, accidente in itinere o enfermedad profesional?

Se debe denunciar la situación inmediatamente a la ART para que ponga a disposición de la víctima todo el sistema sanitario (hospital, clínica, estudios médicos, etc,) que corresponda en relación a la patología producida.

¿Quién debe hacer la denuncia del accidente, in itinere y/o enfermedad laboral?

La víctima avisa al empleador y éste denuncia a la ART, es la forma natural y ordinaria.
Si el empleador se negare a efectuar la denuncia (situación frecuente en enfermedades laborales), Ud. puede denunciar por cualquier vía a la ART (por teléfono, web, presencial y/o telegrama o carta documento).
Si la ART se niega a recibir la denuncia se deberá iniciar un trámite en la Comisión Médica que corresponda (según su domicilio o lugar de trabajo).
En los últimos dos supuestos recomendamos contar con asesoramiento legal previo, sobre todo si se trata de una enfermedad profesional, ya que hay elementos importantes que destacar que son bastante técnicos.

¿Qué obligaciones tiene la ART?

La ART está obligada a:
- Asistencia médica, remedios, prótesis, rehabilitación, intervenciones quirúrgicas, y toda otra prestación médico-asistencial que el caso requiera.
- Trasladado a los centros asistenciales mientras dure su tratamiento (que en la práctica sólo cumplen en casos graves que impiden el desplazamiento físico).
- Abonar el salario mientras dure la licencia.
- Abonar las indemnizaciones que correspondan en caso de que queden secuelas incapacitantes.

¿Qué ocurre con mi salario mientras dura la licencia por accidente o enfermedad?

Seguirá cobrando exactamente lo mismo.
Los primeros diez días de licencia están a cargo del empleador, y desde el undécimo día hasta el día del alta, la ART está obligada al pago del salario, incluso con los aumentos que se produzcan, y debe incluir las asignaciones familiares. Normalmente, la forma de cobrar el salario es a través del empleador, ya que la ART gira el dinero correspondiente al empleador para que éste lo pague.

¿Me pueden despedir mientras estoy de licencia por accidente o enfermedad laboral?

La ley no lo prohíbe, pero la víctima tiene derecho a cobrar el sueldo conforme se explicó anteriormente, hasta el día del alta respectiva.

¿Qué ocurre si a pesar del tratamiento médico quedo incapacitado o con limitaciones físicas o funcionales?

La ART debe indemnizar la pérdida de capacidad laborativa, es decir, las secuelas incapacitantes. Debe pagar una indemnización.

¿Cuánto debe pagarme la ART? ¿Cómo se determinan el monto que corresponde por indemnización laboral?

El monto de la indemnización a percibir está directamente vinculado a tres circunstancias: 1) su edad al momento del accidente y/o de manifestarse la enfermedad laboral; 2) el promedio de los ingresos que Ud. haya percibido en el último año trabajado, o período menor; y 3) el porcentaje de incapacidad determinado (siendo este último el principal factor de conflictos y diferencias con las ART).
En caso de accidentes laborales que no sean “in-itinere”, y de enfermedades profesionales, al resultado obtenido de la fórmula legal (en base los 3 parámetros referidos), se le adiciona un 20% en concepto de otros daños.
La ley prevé montos mínimos, que se actualizan cada seis meses; funcionan como pisos indemnizatorios, y se activan si la cuenta que arroja la fórmula (en base a los 3 elementos indicados), es inferior a dichos pisos.

Valor PISO por punto de incapacidad: $29.589 *
*(vigente del 1/03/2020 y el 31/08/2020)

Además, prevé montos adicionales que se suman a la indemnización determinada en los siguientes casos: 1) incapacidad superior a 50%, 2) incapacidad superior a 66%, 3) muerte.
Las ART son sociedades anónimas con ánimo de lucro, y cuando rechazan enfermedades que debieran cumplir, o reconocen incapacidades inferiores a las que corresponden, aumentan su ganancia en perjuicio del trabajador siniestrado.

¿Y si la incapacidad determinada es total y no me permite seguir trabajando?

En este caso, además de la indemnización que corresponda, si necesita la asistencia continua de otra persona para realizar los actos elementales de su vida, la ART le abonará una renta mensual de por vida.

¿Qué sucede si el trabajador fallece a causa del accidente o enfermedad laboral?

En este caso, el cónyuge sobreviviente, los hijos menores de edad y otras personas en situaciones muy especiales, tienen derecho a recibir las indemnizaciones correspondientes.

¿Qué pasa si recibo el alta pero no he recibido la atención médica que el caso requiere?

En tal caso, si a pesar de haber recibido el alta, los dolores y/o problemas físicos subsisten, y hay alternativas de tratamiento que serían eficaces, Ud. puede pedir el reingreso a la ART, a través de su empleador o de manera directa. Si se lo deniegan, deberá iniciar un trámite ante la Comisión Médica Correspondiente a su domicilio (SRT). El trámite a iniciar en este caso, se denomina Divergencia en el Alta y Ud. lo podrá iniciar sin necesidad de contar con Patrocinio Letrado.
https://www.argentina.gob.ar/noticias/requisitos-para-iniciar-los-tramites-virtuales.

¿Cómo son los pasos para lograr el reconocimiento y pago de las indemnizaciones?

Si Ud. queda con secuelas incapacitantes a pesar de los tratamientos médicos recibidos, la ART debe indemnizarlo.
Para ello es necesario definir: 1) el porcentaje (%) de incapacidad, 2) el monto ($) que corresponde.
Para ello, las opciones son:
-Acuerdo con la ART respecto a ambos puntos (% y $), el acuerdo debe homologarse mediante un trámite express en Comisión Médica.
-Si no hay acuerdo, es necesario realizar un trámite administrativo por Determinación de incapacidad, en la Comisión Médica.
-Si aún así no se logra el reconocimiento del % o del $, queda el camino judicial a través de un juicio.

¿Es necesario el patrocinio letrado?

Si, en todos los casos se necesita contar con un abogado que lo asesore.
Si Ud. no elige a un abogado de su confianza,
Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) le impone uno “gratuito” (en realidad no es que este abogado trabaje gratis, sino que le paga SRT).

¿Quién le paga al abogado del trabajador?

Si usa el patrocinio “gratuito” provisto por SRT, este abogado cobra un sueldo de SRT que proviene de un aporte que todas las ART hacen para solventar el funcionamiento de SRT, es decir que su abogado cobra indirectamente de la ART.

¿Cómo elegir un abogado?

La relación cliente-abogado es como la de un médico-paciente, se basa en la confianza.
La confianza generalmente tiene que ver con la percepción personal, que es completamente subjetiva (atención recibida, charla con el profesional), y de elementos objetivos, tales como el prestigio del estudio jurídico, la especialización en el tema, la cartera de clientes que maneja, los comentarios de los clientes y su nivel de satisfacción.
Recomendamos elegir el abogado que genere confianza, y que sea especialista en el tema.

¿Qué servicios presta el abogado?

Si usa el patrocinio “gratuito”, el abogado de SRT sólo lo asistirá en el trámite administrativo ante Comisión Médica.
Si contrata a un abogado particular, éste lo asesorará a lo largo del todo el caso, incluso antes de la denuncia ante la ART, durante las prestaciones médicas, durante el procedimiento administrativo, y durante todo el juicio laboral. El beneficio de esta alternativa es que la estrategia se plantea y trabaja desde el principio.

NECESITA ASESORAMIENTO?

En caso de que Ud. haya sufrido un accidente laboral o padezca una enfermedad profesional, le dejamos un formulario para completar, a los efectos de coordinar una cita. Nos resulta imprescindible la entrevista inicial.
Puede ser presencial, nos encanta que conozcan nuestro estudio jurídico, pero también puede ser virtual.
Lo importante es conocernos, para eventualmente poder entablar la relación Abogado-Cliente.

Formulario a Completar:

Complete el siguiente formulario, con sus datos personales: nombre y apellido, DNI, teléfonos y vías de contacto (whatsapp, mail, etc).
Le pedimos una pequeña descripción de su problema (indicando lugar donde trabaja, tareas que realiza, fecha de la contingencia, forma y/o lugar donde ocurrió el accidente o tipo de enfermedad que padece.
Indique si prefiere cita personal o virtual.

Entrevista con nuestro Estudio Jurídico:

Recibido el formulario, nos pondremos en contacto con Ud. para concertar una entrevista (puede ser personal en nuestro Estudio Jurídico o virtual.
En dicha entrevista hablaremos de todas sus dudas y analizaremos las posibilidades y opciones.

Pasos siguientes:

En caso de acordar trabajar juntos, fijaremos los objetivos y comenzaremos a trazar la estrategia.
Le solicitaremos la documentación pertinente y los pasos a seguir.

Estamos trabajando en la oficina y, por tu seguridad, también de manera remota.
Completá los siguientes datos para coordinar una cita (presencial o virtual).

Recibimos tu mensaje, nos pondremos en contacto con vos lo antes posible.